ANTECEDENTES PROCESO LIQUIDATORIO DE ELECTRICARIBE S.A. ESP.

Mediante Resolución No. SSPD - 2016 - 1000062785 de fecha 14 de noviembre de 2016, notificada a Electrificadora del Caribe S.A. E.S.P. - Electricaribe S.A. E.S.P., la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios - SSPD ordenó la toma de posesión n de los bienes, haberes y negocios de esta empresa, por encontrarse incursa en las causales previstas en los numerales 1 y 7 del artículo 59 de la ley 142 de 1994.

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Mediante Resolución No. SSPD - 2017 - 1000005985 de fecha 14 de marzo de 2017, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios – SSPD, dispuso que la toma de posesión sería con fines liquidatorios, razón por la cual se adelantaría una administración temporal para desarrollar el objeto social de la compañía y garantizar la prestación de servicio de energía en todos los departamentos de la Costa Caribe.

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En cumplimiento del objetivo del proceso de intervención, que no era otro que garantizar la prestación del servicio de energía eléctrica a los siete (7) departamentos de la Costa Atlántica, en noviembre de 2018 se redireccionó el proceso de solución empresarial entonces en curso, conforme a lo cual se decidió que: (i) la Nación asumiría el Pasivo Pensional de Electricaribe S.A. E.S.P., y (ii) se segmentaría el mercado de la sociedad en dos (2) denominados: CaribeMar de la Costa S.A.S. E.S.P. y CaribeSol de la Costa S.A.S. E.S.P. (“Las Nuevas Compañías").

 

En ese contexto, como resultado de un proceso competitivo, se adjudicaron las acciones de las Nuevas Compañías así: CaribeMar de la Costa S.A.S. E.S.P. a Empresas Públicas de Medellín E.S.P. y CaribeSol de la Costa S.A.S. E.S.P. al Consorcio de Energía de la Costa; suscribiéndose el 30 de marzo de 2020 los contratos de compraventa de acciones.

En virtud de lo expuesto (i) los Contratos de Prestación de Servicios Públicos, fueron cedidos como parte del procedimiento de aporte previsto en el mismo, (ii) se transfirieron los activos necesarios para la eficiente prestación del servicio y (iii) a partir del 1 de octubre de 2020, el servicio público de energía eléctrica está siendo prestado en los Departamentos de Atlántico, Magdalena y la Guajira por la Compañía CaribeSol de la Costa S.A.S. E.S.P. – AIR-E., y para los Departamentos de Córdoba, Sucre, Bolívar y Cesar por la Compañía CaribeMar de la Costa S.A.S E.S.P. – AFINIA.

De igual manera y de conformidad con los artículos 315 y 316 de la Ley 1955 de 2019, reglamentada en sus partes por el Decreto No. 042 del 16 de enero de 2020, la Nación asumió el pasivo pensional y prestacional de ELECTRICARIBE S.A. E.S.P. desde el 1 de febrero de 2020, a través del Fondo Nacional del Pasivo Pensional y Prestacional de la Electrificadora del Caribe S.A. E.S.P. - FONECA, del cual la entidad fiduciaria LA PREVISORA S.A., funge en calidad de vocera de acuerdo con el contrato de Fiducia Mercantil No. 6192026 suscrito el 9 de marzo de 2020.

Que por remisión expresa del artículo 121 de la ley 142 de 1994, el régimen jurídico aplicable a la liquidación de las empresas de servicios públicos domiciliarios en lo pertinente es el dispuesto en el Decreto 663 de 1993, el Decreto 2555 de 2010 y demás normas concordantes.



Mediante la Resolución No. SSPD - 2021 - 1000011445 de fecha 24 de marzo de 2021, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, ordenó la liquidación de Electricaribe S.A. E.S.P., designando como Agente Liquidadora a la Doctora ÁNGELA PATRICIA ROJAS COMBARIZA.

 

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Mediante Resolución No SSPD - 2023 - 1000207555 del 23 de marzo de 2023, se prorrogó el plazo para culminar el proceso de liquidación forzosa administrativa de Electricaribe S.A. E.S.P. en Liquidación, por el término de cuatro (04) meses, a partir del 24 de marzo de 2023 hasta el 24 de julio de 2023.

 

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Mediante la Resolución No. SSPD - 2023 - 1000266905 del 08 de mayo del 2023, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios - SSPD, designó a la Doctora ADRIANA BETANCOURT ORTIZ como Agente Liquidadora, posesionada en esa misma fecha.

 

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Mediante Resolución No. SSPD - 2023 - 1000402295 del 21 de julio de 2023, se prorrogó el plazo para culminar el proceso de liquidación forzosa administrativa de Electricaribe S.A. E.S.P. en Liquidación, por el término de doce (12) meses, a partir del 24 de julio de 2023 hasta el 24 de julio de 2024.

 

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Mediante Resolución No. SSPD - 2024 - 1000199065 del 24 de junio de 2024, se prorrogó el plazo para culminar el proceso de liquidación forzosa administrativa de Electricaribe S.A. E.S.P. en Liquidación, por el término de doce (12) meses, a partir del 24 de julio de 2024 hasta el 24 de julio de 2025.

 

 

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Mediante Resolución No. SSPD - 20251000007075 del 13 de enero del 2025, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios - SSPD, designó al Doctor FABIO ORLANDO TAVERA OVIEDO como Agente Liquidador, posesionado el día 14 de enero del año en curso.

 

 

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Mediante Resolución No. SSPD - 20251000340115 del 17 de julio de 2025, se prorrogó el plazo para culminar el proceso de liquidación forzosa administrativa de Electricaribe S.A. E.S.P. en Liquidación, por el término de doce (6) meses, a partir del 24 de julio de 2025 hasta el 23 de enero de 2026.

 

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Mediante Resolución No. SSPD - 20251000386945 del 11 de agosto de 2025, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios - SSPD, designó a la Doctora ANGELA PATRICIA ROJAS COMBARIZA como Liquidadora, posesionada en esa misma fecha.

 

 

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